Nueva ley de alquiler 2019: medidas sociales a favor del inquilino
Las medidas urgentes de vivienda y alquiler finalmente han visto la luz. Con ayuda de Unidos Podemos y el PDeCat, Pedro Sánchez ha realizado la modificación de la ley del alquiler que llevaba persiguiendo desde hace meses. La fórmula escogida ha sido un Real Decreto Ley.
En palabras del Gobierno, la nueva normativa de alquiler de vivienda pretende proteger a los inquilinos con medidas sociales. Finalmente, este decreto NO ha incluido un tope o precio máximo de alquiler que limite los precios abusivos que se están produciendo en las grandes ciudades como Madrid o Barcelonas. Las medidas que sí se han incluido son las siguientes:
- Ampliación de la duración del contrato de alquiler de 3 a 5 años. Si el propietario es una empresa, la duración será de 7 años. La prórroga tácita del contrato se amplía de 1 a 3 años.
- Si se adquiere una vivienda que tenga un alquiler vigente, deberá respetarse ese alquiler.
- Si el propietario quiere recuperar la vivienda para sí o su familia, deberá especificarlo en el contrato al firmar.
- Si el propietario quiere recuperar la vivienda, deberá avisar con 4 meses de antelación.
- Si el inquilino quiere dejar la vivienda, deberá avisar con 2 meses de antelación.
- Las comunidades de vecinos podrán prohibir los pisos vacacionales en el edificio. Deberán tener el apoyo de tres quintas partes de los propietarios.
- La fianza máxima a solicitar por el propietario será lo equivalente a 3 mensualidades.
- Se incluyen diversas variaciones en el IBI, como que el inquilino no tendrá que abonarlo en las viviendas públicas de alquiler o que los ayuntamientos puedan aumentarlo en las viviendas vacías.
- Limitación de las subidas anuales del alquiler al IPC (como máximo) para todos los nuevos contratos. No tendrá efecto retroactivo, es decir, los actuales contratos de alquiler no se verán afectados por esta limitación. Con la normativa de 2013, el propietario y el inquilino podían pactar libremente las subidas automáticas del alquiler y reflejarlo en el contrato. Con este Real Decreto, solo podrá incrementar acorde al IPC.
¿Cuándo entrará en vigor la nueva ley del alquiler?
Esta modificación de la normativa de alquiler todavía necesita la aprobación de la Diputación General Permanente, pero no parece haber impedimento para que sea así.
Lo que parece claro es que el Real Decreto Ley entrará en vigor un día después de ser publicado en el Boletín Oficial del Estado, cuya fecha está fijada para el Martes 5 de marzo. Los alquileres que se firmen a partir de esa fecha se acogerán a la nueva normativa. En caso que la Diputación General Permanente lo rechazase, se recuperaría la normativa anterior, como ya ha sucedido con el Real Decreto de diciembre.